viernes 29 de febrero de 2008

SOLUCIONES DERIVANTES

Pareciera que la forma de gobernar en mayoría y sin controles se basa en la transferencia de responsabilidades para evitar asumir las propias.
Por eso, en vez de admitir el déficit operativo en la prevención del delito por parte de una Policía Comunal dependiente del Intendente, éste carga contra dos jueces y un fiscal.
Por eso, en vez de trabajar en una rezonificación que permita una equitativa forma de cobrar las tasas, es más fácil y rápido aplicar un impuestazo de casi el 700% a los PHs.
Pero parece que no solo el ejecutivo central aplica la lógica del “Solo yo tengo la razón, y el resto a cumplir sin chistar”.
También el ente descentralizado de Claromecó pretende utilizar el despotismo como forma de gobierno.
Tiempo atrás, el Consejo Asesor de la descentralizada localidad aprobó por mayoría, -con el rechazo minoritario de los consejeros Medel y Martínez-, el traslado de los locales bailables a una zona del vivero lindante con la avenida 43, entre las calles 44 y la 40.
El proyecto tiene el acompañamiento de un grupo de propietarios de viviendas de la zona de “La Reserva”, que es donde se concentran la mayor parte de los locales nocturnos.
Los vecinos exponen sus razones, atendibles por cierto.
Señalan que “es imposible aguantar la salida de los boliches. A las 5 de la mañana son peleas, gritos, roturas de vidrios, de todo".
Entre los fundamentos para que la instalación de los boliches no provoque un impacto ambiental negativo, se cita: "
Seguridad contra incendios: se levantará en una zona del vivero que no tiene forestación, un ex basurero y cava de tosca y en un espacio de 200 por 200 metros. Se delimitará perfectamente con alambrado olímpico y con la debida iluminación.
Entre este perímetro y la edificación existirá una calle de circunvalación que será exclusiva para el personal de los boliches, proveedores, recolectores de basura, y personal de seguridad.
Seguridad e impacto sonoro : Los edificios, al ser construidos a nuevo, se harán de acuerdo a las leyes y ordenanzas que regulan la construcción de los boliches para la absorción de la acústica.
Estarán separados de la línea residencial por unos 180 metros, entre los cuales se interpone la playa de estacionamiento, y una cortina de eucaliptos que amortizará aún más el sonido que provoque el tránsito.
Seguridad Personal: Al tener un solo acceso las fuerzas de seguridad, policía, tránsito y seguridad particular podrán controlarlo mejor.
Llama la atención que en este proyecto se olvide un componente que es fundamental: La seguridad de los jóvenes que irán a bailar a esos boliches.
Hasta un nene de jardín de infantes puede darse cuenta de que las avenidas que conducirán hasta los boliches se transformarán en pistas de carreras, potenciando enormemente la posibilidad de los accidentes vehiculares.
En el ítem Seguridad contra Incendios se menciona que los locales se levantarán en un solar sin forestación, pero en el ítem Seguridad Sonora se afirma que se plantarán eucaliptus para que actúen como barrera de sonido. Esto no suena a contradicción?
Se habla de que una sola entrada permite un mayor control; si, pero control de admisión al predio, y del resto de los controles que ?
La presencia de un tupido bosque cercano brinda el escenario perfecto para que se produzcan cualquier tipo de situaciones de abuso.
Recuerden el caso de Natalia Mellman, una adolescente que fue violada y asesinada en un lugar de Miramar, tras salir de un local bailable en una zona casi idéntica al sector dónde se pretenden llevar los boliches en Claromecó.
La Municipalidad, ya sea la central o la descentralizada Claromecó, pretenden solucionar un inconveniente trasladando y multiplicando un problema.
Para que los vecinos de “La Reserva” puedan dormir tranquilos y se evite todos los trastornos, -algunos de los cuales pueden terminar siendo irreparables en lo humano-, que generaría llevar los locales bailables al Vivero, lo único que tiene que hacer la Municipalidad es controlar y hacer cumplir las ordenanzas, con sus inspectores y con la Policía de Claromecó, que también es Comunal.
Basta de faraónicos proyectos generales para evitar correcciones particulares.
Basta de soluciones derivantes.
Hasta la próxima.

Marcelo N. Mouhapé Furné.

viernes 22 de febrero de 2008

IMPUESTAZO: CRÍTICAS Y SOLUCIONES

La forma en que se aprobó el tasazo, con un casi 700% de aumento para los PH, demuestra dos cosas: un abuso por parte del Ejecutivo y una irresponsabilidad del Concejo Deliberante por aprobar, sin el debido análisis, un impuestazo injusto, discriminatorio e ilegal.
Pero siempre hay tiempo para corregir las equivocaciones, siempre que haya voluntad real de trabajar a favor del Pueblo, y no a vivir a costillas de él.
Fuimos el único medio de prensa que dio los números precisos del incremento de servicios urbanos, y también quien advirtió el error del adelantamiento en un bimestre del último tramo de la suba, obrante en el informe entregado a los contribuyentes.
También mencionamos que la modificatoria a la ordenanza fiscal violaría la Constitución Nacional e incumpliría con el espíritu de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Pero como no solo nos limitamos a analizar situaciones, -dándole valor agregado a la noticia-, nos permitimos aportar ideas para que los actores político-institucionales resuelvan esta encrucijada sin perjudicar a nadie y sin resignar los fondos que el municipio debe recaudar por este concepto para contraprestar un servicio acorde.
Creemos que lo primero que debe hacerse es transparentar la factura de servicios urbanos.
En primer lugar, eliminar la doble imposición del alumbrado público, ya que la misma se percibe por parte de quien debe hacerlo, la prestadora del servicio, CELTA, y, como es lógico, lo cobra en su boleta.
Segundo, especificar en forma discriminada cuanto cuestan los servicios de recolección de residuos y el barrido. Cuantos módulos corresponde a cada uno, aclarando que un módulo es igual a $ 1,54.
Hay que establecer un diferencial para el caso de la generación múltiple del fundamento de una prestación.
Ejemplo, un edificio con 10 departamentos genera 10 veces más basura que una casa. Hay 10 veces mas bultos para recoger, pero con la misma frecuencia de recolección y sobre un único frente.
Cobrar por cada departamento implicaría multiplicar los metros lineales de frente, con lo que se terminaría pagando el total de una cuadra por una contraprestación de un décimo de ella. Algo injusto y fácilmente recurrible ante la justicia por vulnerar el principio de equidad, consagrado en el artículo 42, -de Defensa al Consumidor-, de la Carta Magna de la República.
Entiendo que la salida es aplicar un índice equilibrante por el número de unidades funcionales en el cálculo previo-, -tanto para la recolección como para el barrido-, donde se multiplicaría con los metros de frente reales del inmueble, -no un estándar determinado-, y por los módulos que corresponden a la zona en la que el PH está emplazado.
El resultante deberá prorratearse por la cantidad de departamentos del complejo, para evitar multiplicar pagos por un solo servicio.
Otra modificación que podría verse es el lugar donde está ubicado el PH.
Esto podría tabularse en base a un número determinado de módulos, comenzando por 10 desde el 0 al 100 de la Plaza San Martín, hasta un módulo para el 900 y el 1.000, y ninguno del numeral 1.000 en adelante.
De esta forma tributaría mas un PH ubicado frente a la Plaza San Martín que los del barrio Fonavi, pese a que ambos están bajo el régimen de propiedad horizontal.
Algo parecido a lo que se aplicó en la ciudad de Buenos Aires, donde, según las zonas, las tasas subieron entre un 25 y un 200%; bastante menos que los casi 700% de los PH y cocheras locales.
Estos son apenas unos ejemplos que me surgen ahora al respecto. Imagino que si se reunen un Intendente, un Secretario de Hacienda y 18 concejales, deberían aparecer más y mejores ideas.
La primer cuota con la suba del 30% se cobró, pero quedan dos meses para se pague la otra, que vendría con la aplicación del 60% del aumento escalonado.
Es tiempo suficiente para que nuestros representantes puedan consensuar una solución equitativa, si es que tienen voluntad de hacerlo y son responsables en cuanto al cumplimiento del mandato que les confirió la ciudadanía.
Tanto el Intendente como los funcionarios de su gabinete y los concejales tienen que entender que son empleados del Pueblo, no omnipotentes señores feudales que se creen con derecho a meter la mano en el bolsillo de los contribuyentes, cuyo poder adquisitivo languidece por la creciente inflación.
Los votamos para que nos resuelvan los problemas, no para que nos compliquen la vida.
Así que, ha trabajar.
Pero si bien critico lo que entiendo ver mal y sugiero soluciones, también remarcó una muy buena idea de Carlos Sánchez y del doctor Javier Kristensen.
Y es la de crear una estructura dentro del municipio que se encargue de detectar casos de deudores morosos; aquellos que teniendo capacidad de pago no lo hacen.
Eso es bueno, porque apuntará a ampliar la base contributiva y hacer justicia con los que siempre pagan.
Espero que la instrumenten rápido.
Hasta la próxima.

Marcelo N. Mouhapé Furné.

sábado 16 de febrero de 2008

EL TASAZO, ES ILEGAL E INCONSTITUCIONAL?

Es la pregunta que surge del análisis sobre el incremento aplicado a la tasa de urbanos; que en general fue del 100 %, pero para el caso de las propiedades horizontales, -los llamados PH-, es cercano al 700%, al modificarse la forma de calcular la base tributaria.
Cómo ejemplo dimos un PH ubicado en la zona 328-3, una cuadra con tres luminarias y con recolección de residuos y barrido diarios.
Dijimos que hasta diciembre de 2.007 por ese PH se pagaron al año $ 56,16 y que por el “tasazo” en 2.008 tributará un 500% más.
Pero esto no termina este año. Sigue en 2.009.
Porque al pagarse en forma escalonada, -algo propuesto por el bloque del Frente para la Victoria/PJ-, en 2.008 solo se cobrará el 75% de la suba total a los servicios urbanos.
Recién el año venidero se pagará el 100% de aumento durante los seis bimestres.
El incremento escalonado implica un 30% para la factura que vence este mes, que es la cuota uno; el 60% para las cuotas dos y tres, que vencen en abril y junio, más el 100% que por la ordenanza vigente se debe aplicar en las cuotas 4,5 y 6, en agosto, octubre y diciembre.
Todo esto hace que el total a pagar por el PH que por el año 2.007 abonó $ 56,16, sea de $ 288,46. Un aumento del 514 %.
Pero, por lo ya explicado, el incremento total aplicado a los servicios urbanos se pagará a lo largo del año 2.009.
Por consiguiente, ese PH que hasta 2.007 pagaba por año $ 56, 16, pasará a pagar en 2.009 $ 384, 62 al año. Un incremento del 684, 86%.
Y a esto hay que agregarle un ingrediente más.
En declaraciones a los medios de prensa donde le preguntan, el Secretario municipal de Hacienda dijo que en realidad a los PH se les aplica un descuento inicial, debido a que teniendo en cuenta que la mayoría de sus frentes son de 10 metros el ejecutivo estandarizó la base de cálculo en 8 metros de frente.Eso es el árbol que tapa el bosque.
Porque para el caso del frentista de 10 metros que ahora paga por 8 metros, es cierto que le aplican una rebaja del 20% en los metros lineales, pero de que sirve eso si después se le aplica una suba del 685 % en la tasa, por el cambio de forma en la valuación?
Ahora, muchos de los departamentos que se hacen para alquilar tienen menos de 8 metros de frente. Es decir que para los que tienen un frente de 6, 5 o 4 metros, antes del "ajustazo" del 685%, ya sufren una suba del 33, 60 o 100%, respectivamente.
La pregunta es, quien autorizó semejante cosa?
La respuesta es: lo hicieron los concejales del Movimiento Vecinal; los ediles del Frente para la Victoria/PJ, y el concejal del bloque unipersonal, Francisco Couso.
Hasta ahora, de ellos solo Couso reaccionó señalando que el ejecutivo no cumple con la ordenanza y que pediría informes.
La otra pregunta que surge es, este tasazo, es legal?
Les respondemos con el texto del articulo 228 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, -norma madre para las Intendencias-, que dice: “La percepción de impuestos municipales es legítima en virtud de la satisfacción de las necesidades colectivas que con ellas se procura.”
Esta claro que la percepción de un impuesto municipal, -la tasa por la contraprestación de urbanos-, es ilegítima cuando se cobra varias veces por un mismo único servicio, -si es que se presta-, y sobre un mismo frente.
Pero también se violaría la propia Constitución Nacional.
Fijense lo que dice el Artículo 42 de la Carta Magna, -máxima regulación legal de la República Argentina-:En su primer párrafo dispone que “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.
El tasazo afecta los intereses económicos de los contribuyentes y los desprotege, porque si pagan una tasa aumentada en casi un 700%, reducen su capacidad económica para atender otras necesidades mucho más importantes, como la calidad de la salud o la alimentación sana.
También se incumple con la Constitución en el Capítulo de Defensa al Consumidor sobre la información adecuada y veraz. El explicativo dado a los contribuyentes, que muestra la intención de adelantar en un bimestre el cobro del 100% de la tasa, así lo demuestra.
Y, por supuesto, cuando en un aumento general del 100%, a los propietarios o residentes en PH se les cobra una suba del 700%, se viola lo referido a las condiciones de trato equitativo.
La ley de propiedad horizontal se aplica a edificios céntricos, pero también a barrios como los Fonavi o a los monoblocks del barrio Obrero, donde, si pasa un barrendero, es probable que los vecinos llamen a la policía por el temor que les infundiría algo que ven por primera vez.
El ejecutivo fundamenta este “impuestazo” diciendo que es para cubrir las necesidades prestacionales. Pero los mismos funcionarios anunciaron orgullosos que en 2.007 hubo superávit.
Entonces, como se entiende que los concejales aprueben estos aumentos exorbitantes para 2.008, si el Municipio no tuvo pérdidas al prestar los servicios durante 2.007 ?
Hasta la próxima.

Marcelo N. Mouhapé Furné.

viernes 8 de febrero de 2008

COBRO DE AUMENTO EN URBANOS, CON ERRORES...

Los contribuyentes mostraron su enojo al recibir la primera factura de servicios urbanos en la que se comienza a cobrar el aumento aprobado por mayoría en el Concejo Deliberante, con la única excepción de los ediles de Acción Comunal Tresarroyense.
El incremento para casi todos es del 100%, y debería cobrarse en forma escalonada, siempre aplicando el porcentual de subas en relación al importe neto de la tasa de la última cuota del 2.007.
Un 30 % de aumento en la primera cuota que vence el 15 de febrero; el 60 % en la segunda, que se oblará en abril, y el 100% en la que se pagará en agosto, que es la número cuatro.
Y acá detectamos el primer error; ya que, -según el informe que la Intendencia entregó acompañando la factura-, se señala que el “100% se aplicará a partir de la cuota 3, que vence en junio”.
Se trata de un adelantamiento en la secuencia del cobro del incremento en un bimestre. El mismo error que Radio 3 (95,9) detectó en 2.006, cuando se aplicó la suba en servicios sanitarios.
La misma equivocación impositiva en perjuicio de los contribuyentes en el término de dos años. Da que pensar.
Pero aparte del impuestazo del 100% a la casi totalidad de los frentistas que pagan servicios urbanos, aparece una franja de contribuyentes a los que se les aplica un aumento del 500%. Son los que viven en inmuebles de propiedad horizontal; los denominados PH.
Para estos casos, la modificación a la ordenanza fiscal aprobada en diciembre cambió la forma de cobrar por la prestación de los servicios. Antes, los metros de frente,-que es la base de cálculo de esta tasa-, se prorrateaban por el número de departamentos. Ahora se aplica a cada uno de ellos el cobro basado en una estandarización única de ocho metros de frente, y en relación a la zona donde el edificio se encuentre.
También aquí encontramos un error. Una especie de sobreaumento en la primera cuota que salió al cobro con el 30% del incremento.
Para graficar esto presentaremos el ejemplo de una propiedad horizontal ubicada en la zona 328-3, que significa que ese PH está sobre una calle pavimentada con tres lámparas de iluminación pública, con servicios diarios de barrido y recolección de residuos.
Hasta la última cuota de 2.007, por este PH se pagaban por el importe neto de la tasa anual de servicios urbanos $ 56,16, lo que en forma bimestral representaban $ 9,36.
En la primera factura de 2.008 figura que el importe neto de la tasa anual será de $ 285,80, y un pago para esta cuota de $ 34,09.
Ahora bien, hilemos fino.
El aumento anual aplicado para este PH, que pasó de pagar al año $ 56,16 pesos a $ 285,80, es del 509%.
Pero la ordenanza aprobada en diciembre dice que en esta primera cuota solo debe cobrarse el 30% de la suba. Y el 30% de un total de ajuste anual del 509%, es el 153%.
Si a los $ 9,36 que se pagó por este PH hasta diciembre de 2.007 se aplica un incremento del 153%, el valor neto de la tasa para este bimestre debe ser de $ 23,69. Pero en la factura figuran $ 34,09.
De donde salen los $ 10,40 de diferencia, que representan un 44% mas de lo fijado por ordenanza que debe pagarse ?
Si este error no se corrige, y se mantiene proporcional para el resto de las cuotas, significaría que los residentes en edificios terminen abonando un 733% más de lo que les cobraron en 2.007.
Pero, ya el 509% aplicado a las propiedades horizontales es una barbaridad, porque implica multiplicar el mismo pago por un único servicio.
Ahora, si a cada contribuyente que vive en un PH se lo obliga a pagar de esta forma, también ellos,-los aportantes-, tienen derecho a demandar a la Municipalidad si los servicios que se cobran por urbanos no se prestan por día el número de veces que pisos el edificio tenga.
Ejemplo: los residentes en un horizontal de 10 pisos, -como ahora en conjunto pagan 10 veces por los mismos únicos servicios-, pueden exigir que los barrenderos pasen por allí 10 veces por día, que la basura la levanten 10 veces por jornada, y que en vez de tres luminarias por cuadra le coloquen 30.
Al respecto, la Ley orgánica de las Municipalidades en su capítulo sexto, artículo 228, es muy clara, al decir que:
“La percepción de impuestos municipales es legítima en virtud de la satisfacción de las necesidades colectivas que con ellas se procura.”
Tomando el ejemplo que dimos, -del PH de 10 pisos-, si a los residentes allí se les cobra 10 veces por un servicio con una frecuencia diaria y sobre un frente único: se satisfacen sus necesidades colectivas, o, -con un acto de inequidad tributaria extrema-, se cumplimentan los requerimientos de una Municipalidad con una voracidad fiscal nunca vista, y mucho menos imaginada en un gobierno Vecinalista?
Hasta la próxima.

Marcelo N. Mouhapé Furné.

viernes 1 de febrero de 2008

AYUDAS QUE DIFICULTAN

Llamó la atención las declaraciones que el Ministro de Justicia Provincial, doctor Casal, hizo sobre la inseguridad en Tres Arroyos.
Es cierto que sus dichos no se condicen con lo expresado por los funcionarios de su cartera que recibieron la solicitud para remover dos jueces y un fiscal, entregado un día antes por el Intendente.
La pregunta que surge es: que motivó a que en 24 horas cambiará tan radicalmente el discurso entre funcionarios de la misma estructura ejecutiva, sobre lo pedido?
Que pasó entre el martes 29, -cuando se entrega el petitorio-, y el día después, cuando la agencia DIB entrevista al Ministro Casal, en nota que reprodujo “La Voz del Pueblo” el jueves 31 de enero?
La respuesta a este interrogante es: la publicación de una noticia.
Y la noticia que cambió todo en La Plata es la que afirmó que Necochea quiere imitar a Tres Arroyos en el avance contra la Justicia, publicada por el “Ecos Diarios” de ese distrito el mismo día en que Sánchez entregaba el petitorio en la Plata.
Pero cuando un medio de difusión local, -que se lee en el ejecutivo provincial-, reproduce esa noticia con el título “Tres Arroyos fue el ejemplo, en Necochea también quieren remover a jueces y fiscales”, automáticamente eso significó abortar la intención del Intendente para remover a los jueces Gallardo y Oleaga, y al Fiscal Lemble.
Y porque decimos que la publicación de esa noticia perjudicó tanto a la acción de Carlos Sánchez ?
Porque, sumar a Necochea al reclamo de Tres Arroyos, significa mostrar al Poder Ejecutivo provincial que no solo se lo insta a resolver un problema en un distrito puntual, el nuestro, sino que se le hace ver que si se atiende el pedido tresarroyense, tendrá que hacer lo propio con todos los otros que requieran lo mismo, en un efecto dominó que pondría al gobernador en una situación de extrema tensión con el Poder Judicial bonaerense.
La realidad es que la gobernación podría atender un trámite excepcional contra la Justicia en un solo partido de la provincia, pero jamás permitirá que esa solicitud unitaria se transforme en reclamos masivos que lo lleven a confrontar con otro Poder.
Reitero que, -a mi entender-, desde el punto de vista político administrativo, Carlos Sánchez hizo lo correcto.
Por que es él, como nuestro representante, quien debe exigir las soluciones institucionales que corresponden contra quienes él considera que en la Justicia local incumplen con su función.
Pero para lograr su objetivo, -aparte de las pruebas contra los acusados que demuestren sus fallos procedimentales-, Sánchez debe tener ayuda calificada. Y no la tiene.
La noticia de Necochea queriendo imitarnos, no solo no le favoreció, sino que le anuló toda posibilidad de éxito. El contenido de las declaraciones posteriores del Ministro Casal, demuestran que esa noticia, que, -no dudo que con la mejor intención-, buscaba apuntalarlo, terminó perjudicándolo.
Y otro que cada vez que intenta hacer algo le embarra mas la cancha a Sánchez, es el Foro de Seguridad.
Ahora están molestos porque el Ministro Casal dio a entender que están más para cuidarle la espalda al Intendente que a la gente que le roban. Y es la pura verdad.
En esta radio, están grabadas las declaraciones de su Presidente, Helmut Petersen, afirmando que el Foro no participaría orgánicamente de la asamblea convocada por los vecinos del barrio de Colegiales, porque ellos no los habían invitado por escrito.
En este mismo espacio, le dijimos a Petersen que era una barbaridad que el Foro de Seguridad no asistiera por un formalismo burocrático a una reunión convocada por los vecinos de un barrio que ya no podían vivir por la inseguridad.
La indignación que esa entrevista causó en los oyentes, -de todos los sectores de la ciudad-, determinó que cambiarán su postura y esa noche terminaran yendo al salón parroquial.
A los integrantes del Foro les recuerdo que la memoria humana puede fallar, pero la del audio de un archivo periodístico no.
Reconozco que el Intendente se juega el pellejo avanzando contra la Justicia.
Por eso imagino, que frustrado se debe sentir, al comprobar que en su acción mas decidida, no solo no tiene el respaldo del propio partido Movimiento Vecinal, -que en este tema no emitió comunicado público de apoyo a Sánchez-, sino también que quienes en mas confía son los que mas le complican la vida.
En esta cuestión, es como si Carlos Sánchez fuera el piloto de un barco que lucha contra la tormenta, y sus marineros, en vez de trabajar con las bombas de achique, le agujerean el casco para que ingrese mas agua y el barco se hunda.
Hasta la próxima.

Marcelo N. Mouhapé Furné